Febrero 17, 2009 de vproi
Se han puesto en contacto con nosotras la Federación de Barrios de Zaragoza,querian tratar el tema de la viudedad y nuestra asociación tiene una corta pero intensa experiencia.Nos entendimos enseguida,ellas trabajan para mejorar la situación de la mujer y nosotras confirmamos lo que ellas ya percibian.Los medios de comunicación y la política han conseguido que ciertos problemas que afectan a la viudedad sean invisibles,nunca enfrentados ni solucionadosde una vez por todas. Es más, son utilizados en la campaña electoral con la seguridad de que despues quedará de nuevo en el olvido.
Creemos que fué un encuentro fructifero porque cuantos más seamos más lejos llegará nuestra voz,así que si alguna otra asociación o ciudadano que nos lea quiere ponerse en contacto con nosotras estaremos siempre a punto.
Escrito en General | 3 Comentarios »
Porque Enemigo es la Declaración que nuevamente se nos “hecha encima” como una losa,si siempre es dura en los tiempos que corremos que vamos a decir,pagamos está claro y como en el villancico volvemos a pagar.
Os puedo asegurar que seguimos trabajando,buscando contactos y hablando con políticos,nunca podran decir que fuimos nosotros quien nos rendimos.Ahora intentan calmarnos diciendo que quieren dar respuesta a nuestras demandas dentro del Pacto de Toledo del cual inician ahora su renovación.Andaremos y veremos,cada vez me cuesta más creer en la clase política.
Escrito en General | 5 Comentarios »
Diciembre 13, 2008 de vproi
El pasado 25 de noviembre se presentó en el Congreso la Proposición de ley de modificación de determinados articulos relativos a la fiscalidad de las pensiones de viudedad, de la ley 35/2006, de 28 de noviembre,del IRPF y de la modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades,sobre renta de no residente y sobre el patrimonio(nº de expediente 122/000011)presentada por CiU a traves de su portavoz Carles Campuzano .
No es esta la primera vez que se presenta en el Congreso(CiU, IU, PNV,PP etc lo han hecho con anterioridad)la discriminación que supone la doble imposición que se efectua sobre nuestros ingresos y esperamos que no sea la última.
Por nuestra parte dado que OTRA VEZ NO HEMOS CONSEGUIDO LOS VOTOS NECESARIOS,vamos a seguir trabajando, dedicando nuestros esfuerzos a ser atendidos y escuchados por sus Señorías y que cumpliendo sus compromisos parlamentarios se nos integre en los Pactos de Toledo,tal y como se nos comunicó al terminar la propuesta el mismo día 25.
Escrito en General | 1 comentario
Noviembre 11, 2008 de vproi
No es que no halla noticias es que no hay las que nos hubiera gustado comunicaros. Seguimos trabajando,en contacto con los partidos políticos,hemos hecho llegar nuestras reivindicaciones al Ministerio de Igualdad.No hemos llegado al Parlamento pero llegaremos.
Escrito en General | Deja un Comentario »
Octubre 22, 2008 de vproi
Seguimos en contacto con CiU y esperamos conseguir el apoyo del resto de partidos,pensamos que a finales de este mes puede haber alguna novedad, así ,que con crisis o sin crisis nosotros seguimos machacando.Recibir comentarios de apoyo nos animaria a seguir batallando.
Escrito en General | 5 Comentarios »
Septiembre 24, 2008 de vproi
El lunes 22 de septiembre en un programa de la mañana de Antena3 se hizo una entrevista a dos viudas,lo que escribimos a continuación no es lo que dijeron en la entrevista,sino copia de algunos de los mensajes que enviaron al programa.
*****”Las viudas jovenes afrontan solas la educación de sus hijos y las deudas;se ven abocadas a una POBREZA VERGONZANTE”.
*****”¿Por qué se queda el estado el dinero de la pensión de viudedad atraves del IRPF?”.
*****”Hablar de los viudos,también nos quedamos viudos jovenes con hijos pequeños,nos sentimos los grandes olvidados de este colectivo”.
*****”No estais enfermas, podeis trabajar,los enfermos no”.
*****”Somos el 5% de la población y muchas no llegamos al SMI,creo que eso es la definición de pobreza”.
He copiado tal y como se escribieron en TV,ahora cada uno que opine lo que quiera.
Escrito en General | 5 Comentarios »
Septiembre 3, 2008 de vproi
La Exposición de Motivos de la ley 35/2006, que regula el IRPF, señala como una de sus finalidades el tratamiento igual de todos los contribuyentes. Cuando comparten las mismas circunstancias personales y familiares. En esta linea, se han regulado los minimos familiares con el objeto de que los costes de manutención de los hijos se valoren de acuerdo con los ingresos de las familias conforme al principio de progresividad. Por otra parte, se les concede la opinión de TRIBUTAR CONJUNTA O SEPARADAMENTE, según les sea más conveniente, en el supuesto de que haya dos miembros de la familia que perciban rendimientos. Sin embargo, no se ha contemplado esta última posibilidad cuando la familia está encabezada por un/a viudo/a. En esta situacioón, cuando se perciban al mismo tiempo rendimientos de trabajo ( por ejemplo una prestación pública que tribute ) y la pensión de viudedad será obligatoria la declaración conjunta de los dos ingresos percibidos, sin que se permita la opción de la declaración separada que suele ser mas ventajosa para el contribuyente. Por lo que una familia que escoja la declaración de sus rentas de forma separada, al fallecer uno de los cabeza de familia, no podrá continuar con esta opción, aunque mantenga las mismas entradas ecónomicas, es decir, sus rentas propias y una pensión de viudedad que cumple la función de sustituir el sueldo del fallecido ( aunque bien es sabido por nosotros que raramente la pensión cumple esta función ). Y en este caso sus circunstancias personales y familiares no solo seran iguales, sino incluso peores.
Somos pocos, menos mal, no es la situación ideal enviudar cuando practicamente estas empezando a caminar o como mucho a mantener una marcha estable, no somos suficientes para que nuestros politicos nos escuchen, pero y que somos y seremos como una mosca………………………………………………………….. Pues eso.
Escrito en General | Deja un Comentario »
La constitución reconoce en un artículo 14 el derecho de todos los ciudadanos a la igualdad. Nosotros sabemos que no se nos está aplicando este derecho. La aplicación de la tributación a la pensión de viudedad puede analizarse desde dos vertientes, una primera es examinar el tratamiento desigual que sufrimos los viudos/as en relación a situaciones similares de aceurdo con el primer precepto del artículo 14 “los españoles son iguales ante la ley”.
La segunda via es el estudio de la discriminación por razón de sexo infrigida a las viudas a partir de la segunda parte del precepto (el artículo 14 prohibe la discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social), teniendo en cuenta que la mayoria de los pensionistas de viudedad somos mujeres.
Ambos caminos evidencian la necesidad de modificar la regulación Tributaria actual aplicable a la prestación señalada por INFRINGIR el artículo 14 del texto constitucional.
Lo decimos y lo diremos y seguiremos profundizando en el tema y esperamos que en algún momento nuestras voces sean oidas y se aplique sólo lo que el pueblo español retificó en Referéndum el 6-XII de 1978.
Escrito en General | 2 Comentarios »
La viudedad es una de las situaciones de necesidad más olvidadas por el sistema de la Seguridad Social. Aunque en los últimos tiempos se ha hecho un esfuerzo por elevar la cuantía de las pensiones mínimas, los importes de las prestaciones mínimas, los importes de las prestaciones se alejan de su objetivo fundamental a tenor de lo establecido por la Exposición de Motivos de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Seguridad Social, esto es, sustituir los ingresos perdidos que aportaba el causante al grupo familiar antes de su fallecimiento.
Esta finalidad de sustituir las rentas perdidas se ve diluida no sólo por el menoscabo motivado por la fórmula de cálculo de la presentación, sino tambien por la tributación a la que es sometida la prestación con posterioridad. Esta última situación influye especialmente en los/as viudos/as que o bien perciben un salario en contraprestación a su trabajo, o bien la compaginan con una pensión de jubilación u otra sometida a imposición. Así, este beneficio es calificado como renta de trabajo en el art. 17.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto de la Renta de Personas Físicas (en adelante IRPF), de modo que si se suma a los ingresos laborales u otra pensión que perciva el viudo, esta acumulación de rentas provoca el incremento del tipo impositivo aplicable y, consecuentemente, la cuota a abonar. Esta circunstancia además de provocar una importante merma del importe, preciso para el sostenimiento de la familia, provoca un trato desigual respecto a otros colectivos y contribuyentes.
(Del informe elaborado por la Dra. Eva María Blázquez Agudo. Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Carlos III)
Escrito en General | 3 Comentarios »
El 24 de junio se aprobó por unnimidad la propuesta de CiU de la reforma de las pensiones de viudedad.
Se ha aprobado la proposición de ley en el que se aumenta el porcentaje de la pensión del 52% actual al 70% a la hora de calcular la pesión de viudedad.En el supuesto de persnas viudas con hijos a cargo se prone llegar hasta el 90%.
Desde nuestro colectivo aunque es una prosición que no nos beneficia directamente, estamos encantados de que se luche por lo que son claras injusticias,por eso nos alegramos pero también Alertamos ¿Y lo nuestro?igualmente es una injusticia y no pensamos parar nuestra lucha y desde aquí os pedimos a vosotros que nos leeis y a los políticos que ni nos leen ni nos escuhan que nos tengais presentes.
Escrito en General | 6 Comentarios »